Manada de Pitt ataco a Thor.

Para charlar sobre cualquier tema relacionado con el mundo del perro.
Responder
Avatar de Usuario
Nate Grey
Vivo en el foro
Vivo en el foro
Mensajes: 2081
Registrado: Dom Dic 12, 2010 6:29 pm

Mensaje por Nate Grey »

Buena Vida escribió: me puedes indicar donde pone eso? por que en mi librito que me dieron en el ayuntamiento no pone nada de eso..
Si, claro, en el artículo 8 "Medidas de seguridad", punto nº 3:
3. Igualmente los perros potencialmente peligrosos,
en lugares y espacios públicos, deberán ser conducidos
y controlados con cadena o correa no extensible de
menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno
de estos perros por persona.
Link a la ley de la página del BOE, que es lo que realmente cuenta:
http://www.boe.es/boe/dias/2002/03/27/p ... -12292.pdf
Imagen
Cilene
Forer@ expert@
Forer@ expert@
Mensajes: 464
Registrado: Lun Sep 05, 2011 3:47 am

Mensaje por Cilene »

Una duda de esto ultimo, Un husky siveriano no se considera perro potencialmente peligroso no? esque estuve mirando y:

Los perros afectados por la presente disposición tie- nen todas o la mayoría de las características
siguientes:
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y
resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor. c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cen- tímetros, altura a la cruz entre 50 y 70
centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo
ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha
y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robus- tas y extremidades posteriores muy
musculosas, con
patas relativamente largas formando un ángulo mode- rado.

Bueno, un husky siveriano cumple más o menos no? siento si no es así y me estoi equivocando, es una duda que me a dado.

Aproposito, me alegor mucho de que se este recuperando bien ^^ es toda una suete despues del susto.
Avatar de Usuario
Buena Vida
Vivo en el foro
Vivo en el foro
Mensajes: 1286
Registrado: Mié Oct 01, 2008 12:02 pm
Ubicación: Madrid

Mensaje por Buena Vida »

Nate, esa clausula en mi librito no viene, se la pasan por el forro y pone que soy la única que puedo circular con el... (ni que fuera un coche)

Cilene, eso ya depende del ayuntamiento.... ya te digo, un ejemplo es el boxer que hay en localidades que es ppp y en otras no... si tu localidad te dice que la necesitas, estarás en la obligación de sacártela..
pandorasombra

Mensaje por pandorasombra »

Lo importante es que el perro se ha recuperado bien, me alegro.
Avatar de Usuario
Nate Grey
Vivo en el foro
Vivo en el foro
Mensajes: 2081
Registrado: Dom Dic 12, 2010 6:29 pm

Mensaje por Nate Grey »

Cilene escribió:Una duda de esto ultimo, Un husky siveriano no se considera perro potencialmente peligroso no? esque estuve mirando y:

Los perros afectados por la presente disposición tie- nen todas o la mayoría de las características
siguientes:
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70
centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo
ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha
y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robus- tas y extremidades posteriores muy
musculosas, con
patas relativamente largas formando un ángulo mode- rado.

Bueno, un husky siveriano cumple más o menos no? siento si no es así y me estoi equivocando, es una duda que me a dado.
En realidad, según el Anexo II, casi todas las razas que pesen más de 20 kilos cumplen con ese Anexo, y si nos ponemos, donde dice "todos los cruces, y líneas ascendientes o descendientes de los clasificados como PPP, también entrarían.

Es decir, un mestizo de Pitbull con chihuahua también.

Un Pitbull es descendiente del Alano Español, por lo que el Alano también entraría, al igual que el Dogo del Tibet, que es de donde proceden todos los molosos actuales.

Hasta un labrador o un Golden cumplen con ese Anexo II.

Pero vamos, un husky cumple con algunas y otras son discutibles.

Pero lo que te diría un policía ignorante de la situación: Un boxer da miedo, el labrador es el perro del anuncio de scottex y despierta ternura (es que ya me ha pasado con un amigo que tiene un Alano Español), al igual que un husky Siberiano, es el protagonista de la pelí de Disney, "Balto" o de películas como Bajo 0, despierta ternura o admiración por su belleza, cosa que un boxer no (por desgracia)
Buena Vida escribió:Nate, esa clausula en mi librito no viene, se la pasan por el forro y pone que soy la única que puedo circular con el... (ni que fuera un coche)
Por eso es bueno leerse la normativa en el BOE.

Sólo tu puedes pasearlo porque realmente sólo tu tienes la licencia para hacerlo, si otro de tu familia se la saca, también podría pasearlo.

Yo no tengo, pero suelo hacer de "paseador de perros" y no se si podría sacármelo sin tener perro, eso lo ignoro :shock:
Imagen
Avatar de Usuario
Camina
Vivo en el foro
Vivo en el foro
Mensajes: 1504
Registrado: Mié Ene 21, 2009 8:04 pm
Ubicación: Campeando

Mensaje por Camina »

Buena Vida escribió:
Nate Grey escribió:
Buena Vida escribió: Hubiera dado igual que fueran 3 PPP, que tres boxer, tres huskys o tres PA...
En cuanto a daños si, pero no iba por ahí.

Yo puedo pasear a tres huskyes a la vez si me da la gana (de hecho paseaba a mis dos), pero un dueño de PPP no puedo ir con más de uno a la vez, eso lo marca la ley, no es cosa mía.
me puedes indicar donde pone eso? por que en mi librito que me dieron en el ayuntamiento no pone nada de eso..

Cami... no puedes dejarle sin el isabelino? se chupa? yo es que tuve la ventaja que le mordió detras del cuello y el no llegaba a chuparse... y bueno en las patas si, pero se le curó antes
Si,todo su intento sin el isabelino es chuparse y rascarse la herida del cuello le tengo puesto un calcetin,para que si se rasca no se haga daño.

Donde puedo mirar si esa ley que comentais aqui donde sucedio en Toledo esta vigente.
Nunca compraría a un amigo
Avatar de Usuario
Monte
Dios del foro
Dios del foro
Mensajes: 26372
Registrado: Vie May 30, 2008 8:16 pm
Ubicación: Madrid

Mensaje por Monte »

Buena Vida escribió:Nate, esa clausula en mi librito no viene, se la pasan por el forro y pone que soy la única que puedo circular con el... (ni que fuera un coche)
Mira, estas son las medidas de seguridad que tienes que cumplir con un ppp:

"Artículo 8. Medidas de seguridad.
1. La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la licencia administrativa a que se refiere el artículo 3 de este Real Decreto, así como certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
[Esto significa que quien los pasee tiene que tener licencia. Puede pasearlo una persona que no seas tú, pero esa persona tiene que sacarse también la licencia]

2. Los animales de la especie canina potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal.12292 Miércoles 27 marzo 2002 BOE núm. 74

3. Igualmente los perros potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno
de estos perros por persona
.

4. Los animales potencialmente peligrosos, que se encuentran en una finca, casa de campo, chalet, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar delimitado, habrán de estar atados, a no ser que se disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para
proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares.

5. Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.

6. La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que tenga
conocimiento de esos hechos."
"Si a tu perro no le gusta una persona, probablemente a ti tampoco debería gustarte."
Avatar de Usuario
Monte
Dios del foro
Dios del foro
Mensajes: 26372
Registrado: Vie May 30, 2008 8:16 pm
Ubicación: Madrid

Mensaje por Monte »

Camina escribió:
Buena Vida escribió:
Nate Grey escribió: En cuanto a daños si, pero no iba por ahí.

Yo puedo pasear a tres huskyes a la vez si me da la gana (de hecho paseaba a mis dos), pero un dueño de PPP no puedo ir con más de uno a la vez, eso lo marca la ley, no es cosa mía.
me puedes indicar donde pone eso? por que en mi librito que me dieron en el ayuntamiento no pone nada de eso..

Cami... no puedes dejarle sin el isabelino? se chupa? yo es que tuve la ventaja que le mordió detras del cuello y el no llegaba a chuparse... y bueno en las patas si, pero se le curó antes
Si,todo su intento sin el isabelino es chuparse y rascarse la herida del cuello le tengo puesto un calcetin,para que si se rasca no se haga daño.

Donde puedo mirar si esa ley que comentais aqui donde sucedio en Toledo esta vigente.
Camina, si esos perros eran pitbul, la ley es nacional, está vigente en Toledo y en todas partes. Las razas "dudosas" varían según los lugares, pero el pitbul no es dudoso en ningún lado.
"Si a tu perro no le gusta una persona, probablemente a ti tampoco debería gustarte."
Avatar de Usuario
Camina
Vivo en el foro
Vivo en el foro
Mensajes: 1504
Registrado: Mié Ene 21, 2009 8:04 pm
Ubicación: Campeando

Mensaje por Camina »

Ok,ok,gracias.
Me llama la atencion eso de no poder pasear mas de un PPP por persona.
Nunca compraría a un amigo
Avatar de Usuario
Buena Vida
Vivo en el foro
Vivo en el foro
Mensajes: 1286
Registrado: Mié Oct 01, 2008 12:02 pm
Ubicación: Madrid

Mensaje por Buena Vida »

Camina escribió:Ok,ok,gracias.
Me llama la atencion eso de no poder pasear mas de un PPP por persona.
pues si...
Y Monte, una vez que me paró aqui un policia Local, me comentó que solo yo podía llevar al perro, por que solo me lo han concedido a mi...
Cosa que yo me quedé a cuadros... y si me hospitalizan?? como me pasó hace unos meses?? lo sacaba mi madre, la pobre con la licencia y todo y hasta un justificante de que yo estaba en el hospital por miedo a que nos sancionaran.... eso tampoco lo veo normal
Responder