Situación desagradable.
uff a ver... yo cada vez q tengo un problema de esos normalmente se lo digo al dueño y este reacciona.... pero bueno la gente mayor es diferente pues muchos no saben educar a sus perros.... no se si es buena idea de q dejes q tu perra muerda a la pekeña... pues la tia si es asi.. no sé si te podria buskar las coskillas.... tipo denuncia o algo parecido....
bueno suerte e intenta tu evitar a la perra para evitar jaleos
bueno suerte e intenta tu evitar a la perra para evitar jaleos
Denuncia a la señora. La ley PPP por muy basura que sea, te ampara.
Una vez denunciada y su perro calificado como ppp bozal y correa corta. Si la señora no quiere esto, que se ponga en contacto con un profesional
Código: Seleccionar todo
Artículo 1. Definición.
Tienen la consideración de perros potencialmente peligrosos, y les es de aplicación la presente Ley, aquellos que presenten una o más de las siguientes circunstancias:
Perros que han tenido episodios de agresiones a personas u otros perros.
Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces: Bullmastiff, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull, de presa canario, rottweiler, staffordshire y tosa japonés.
Aine escribió:En situaciones como esta, digo en voz alta y clara: "NO! La cena Whisky en casa... y estas a régimen! Nada de aperitivos!"
Si aun así sigue igual ya es un: "Señora! Que mi perro esta a régimen, y su perro esta suplicando convertirse en un aperitivo..."
Suele funcionar bastante bien...
Él es tu amigo, tu compañero, tu defensor, tu perro. Tú eres su vida, su amor, su líder. Él será tuyo siempre, fiel y sincero, hasta el último latido de su corazón. A él le debes ser merecedor de tal devoción
A ver, por favor, que luego nos quejamos de que el sistema de justicia está saturado y funciona de pena. ¿De verdad te crees que va a prosperar una denuncia en virtud de la ley PPP contra un yorkshire que ladra a los demás perros? ¿Y encima una denuncia presentada por la dueña de un perro mucho más grande que el yorkshire en cuestión? Un poquito de sensatez.cosa escribió:Denuncia a la señora. La ley PPP por muy basura que sea, te ampara.
Una vez denunciada y su perro calificado como ppp bozal y correa corta. Si la señora no quiere esto, que se ponga en contacto con un profesionalCódigo: Seleccionar todo
Artículo 1. Definición. Tienen la consideración de perros potencialmente peligrosos, y les es de aplicación la presente Ley, aquellos que presenten una o más de las siguientes circunstancias: Perros que han tenido episodios de agresiones a personas u otros perros. Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa. Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces: Bullmastiff, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull, de presa canario, rottweiler, staffordshire y tosa japonés.
"Si a tu perro no le gusta una persona, probablemente a ti tampoco debería gustarte."
Espero que Lluna lo le ladre nunca a nadieMonte escribió:A ver, por favor, que luego nos quejamos de que el sistema de justicia está saturado y funciona de pena. ¿De verdad te crees que va a prosperar una denuncia en virtud de la ley PPP contra un yorkshire que ladra a los demás perros? ¿Y encima una denuncia presentada por la dueña de un perro mucho más grande que el yorkshire en cuestión? Un poquito de sensatez.cosa escribió:Denuncia a la señora. La ley PPP por muy basura que sea, te ampara.
Una vez denunciada y su perro calificado como ppp bozal y correa corta. Si la señora no quiere esto, que se ponga en contacto con un profesionalCódigo: Seleccionar todo
Artículo 1. Definición. Tienen la consideración de perros potencialmente peligrosos, y les es de aplicación la presente Ley, aquellos que presenten una o más de las siguientes circunstancias: Perros que han tenido episodios de agresiones a personas u otros perros. Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa. Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces: Bullmastiff, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull, de presa canario, rottweiler, staffordshire y tosa japonés.
Él es tu amigo, tu compañero, tu defensor, tu perro. Tú eres su vida, su amor, su líder. Él será tuyo siempre, fiel y sincero, hasta el último latido de su corazón. A él le debes ser merecedor de tal devoción
En el caso de falta de sociabilización no creo que haya problemas, porque el bocado será la corrección que no le meta la dueña, en el caso que sea por inseguridad si, podría traer más consecuencias, pero dadas las circunstancias, es mejor eso que seguir soportando esa situación.Natalia escribió:Sí, pues como sea por inseguridad y falta de sociabilización, le va a venir cojonudo el mordisco...
A mi me paso algo similar con el perro de una señora, que siempre que pasaba por la puerta de su local, se tiraba a por mi perro. Yo nunca dejaba que mi perro le hiciera nada y por más que le decía a la señora, ella siempre lo dejaba suelto. Al final, un día que lo saco mi cuñado, ocurrió lo que ocurrió y zas, el perro dejo de molestarnos
Por cierto, ¿de dónde has sacado esta lista? Porque esta no es la lista de PPP. La lista que aparece en la ley es esta:cosa escribió: Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces: Bullmastiff, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull, de presa canario, rottweiler, staffordshire y tosa japonés.
"Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU."
Es decir, no se incluyen ni el bullmastiff, ni el dobermann, ni el dogo de Burdeos, ni el mastín napolitano, ni el presa canario.
"Si a tu perro no le gusta una persona, probablemente a ti tampoco debería gustarte."
Eso iba a decir yoMonte escribió:Por cierto, ¿de dónde has sacado esta lista? Porque esta no es la lista de PPP. La lista que aparece en la ley es esta:cosa escribió: Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces: Bullmastiff, dobermann, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull, de presa canario, rottweiler, staffordshire y tosa japonés.
"Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU."
Es decir, no se incluyen ni el bullmastiff, ni el dobermann, ni el dogo de Burdeos, ni el mastín napolitano, ni el presa canario.