Duda sobre la aplicación de ley PPP en Galicia (Gigi)
Duda sobre la aplicación de ley PPP en Galicia (Gigi)
Bueno, pues hoy se me dio por curiosear por una página de legislación gallega, y como no, me acerque para leerme el decreto gallego sobre los ppp.
Aquí esta el enlace [está en Gallego]: http://www.xunta.es/Dog/Dog2002.nsf/Fic ... enDocument
Bien, mi duda es la siguiente Gigi:
En este Decreto que tiene como ámbito de aplicación la comunidad autonoma de galicia, no se contempla el contenido del Anexo II del Real Decreto 287/2002 (es el que dice las características que hacen a un perro PPP aun sin pertenecer a una de las razas dichas anteriormente, lo de cabeza voluminosa,fuerte musculatura.. blablabla).
Vale, lo normal esque las comunidades autónomas puedan crear decretos más restrictivos que una ley o un real decreto a nivel estatal (prueba de ello es que en Galicia tipifican más razas como peligrosas que en el texto legal estatal). Pero lo que no puede ocurrir (en teoría) es que sean menos restrictivos (es decir, si el RD tipifica perros de X características como PPP, en galicia hay que tipificarlos igual)
El tema esque como taba aburrido llamé a la Policia y al Ayuntamiento para entretenerme un rato y charlar con ellos (ya que mucho no curran, así por lo menos hacen algo jejeje) Y resulta que en ambas policias (local/nacional) y en el ayuntamiento, me han dicho que aquí en Galicia solo se aplica la lista de razas y los cruces de ellas, que el Anexo II aquí no se aplica. Claro, yo me quede a cuadros y les dije si me podian enviar eso que me acababan de decir por escrito, a lo cual 2 me colgaron el telefono y uno (el de la local) me dijo que el no me daría nada por escrito, que simplemente estaba atendiendome al teléfono.
Yo creo que por mucho que me dijeran estos 3 interlocutores, el anexo II del RD 287/2002 también pueden aplicarlo aquí, pero oye, que ya man dejao con la duda.
Gigi ven a aconsejarme!!!
Aquí esta el enlace [está en Gallego]: http://www.xunta.es/Dog/Dog2002.nsf/Fic ... enDocument
Bien, mi duda es la siguiente Gigi:
En este Decreto que tiene como ámbito de aplicación la comunidad autonoma de galicia, no se contempla el contenido del Anexo II del Real Decreto 287/2002 (es el que dice las características que hacen a un perro PPP aun sin pertenecer a una de las razas dichas anteriormente, lo de cabeza voluminosa,fuerte musculatura.. blablabla).
Vale, lo normal esque las comunidades autónomas puedan crear decretos más restrictivos que una ley o un real decreto a nivel estatal (prueba de ello es que en Galicia tipifican más razas como peligrosas que en el texto legal estatal). Pero lo que no puede ocurrir (en teoría) es que sean menos restrictivos (es decir, si el RD tipifica perros de X características como PPP, en galicia hay que tipificarlos igual)
El tema esque como taba aburrido llamé a la Policia y al Ayuntamiento para entretenerme un rato y charlar con ellos (ya que mucho no curran, así por lo menos hacen algo jejeje) Y resulta que en ambas policias (local/nacional) y en el ayuntamiento, me han dicho que aquí en Galicia solo se aplica la lista de razas y los cruces de ellas, que el Anexo II aquí no se aplica. Claro, yo me quede a cuadros y les dije si me podian enviar eso que me acababan de decir por escrito, a lo cual 2 me colgaron el telefono y uno (el de la local) me dijo que el no me daría nada por escrito, que simplemente estaba atendiendome al teléfono.
Yo creo que por mucho que me dijeran estos 3 interlocutores, el anexo II del RD 287/2002 también pueden aplicarlo aquí, pero oye, que ya man dejao con la duda.
Gigi ven a aconsejarme!!!
Eso de que la policía no trabaja lo dirás tu
Una cosa es que no lo apliquen en la práctica y otra es que puedan aplicarlo.
Me explico con un ejemplo:
El ayuntamiento X tiene instalado un rádar en una calle limitada a 50 km/h. El rádar salta cuando un vehiculo pasa a 65 km/h, o sea, dan 15 km/h de margen.
El ayuntamiento Z tiene instalado un rádar en una calle limitada a 50 km/h. El rádar salta cuando un vehiculo pasa a 51 km/h, o sea, no dan margen.
¿Los dos hacen lo correcto? Pues si.
En Galicia no deben aplicar el anexo II del RD para dar mas margen, sencillamente.
Una cosa es que no lo apliquen en la práctica y otra es que puedan aplicarlo.
Me explico con un ejemplo:
El ayuntamiento X tiene instalado un rádar en una calle limitada a 50 km/h. El rádar salta cuando un vehiculo pasa a 65 km/h, o sea, dan 15 km/h de margen.
El ayuntamiento Z tiene instalado un rádar en una calle limitada a 50 km/h. El rádar salta cuando un vehiculo pasa a 51 km/h, o sea, no dan margen.
¿Los dos hacen lo correcto? Pues si.
En Galicia no deben aplicar el anexo II del RD para dar mas margen, sencillamente.
Él es tu amigo, tu compañero, tu defensor, tu perro. Tú eres su vida, su amor, su líder. Él será tuyo siempre, fiel y sincero, hasta el último latido de su corazón. A él le debes ser merecedor de tal devoción
Correcto, pero podrían? Es decir, aunque en un principio en Galicia no lo apliquen, si al policia de turno se le tuerce la mañana podría tocarme los huevos? Se supone que el RD es a nivel estatal y pueden aplicarlo, no?
No trabajais naaaaaaaaaaaa, porque te crees que oposito para ello? jajajja Que va hombre, lo digo desde el buen humor!
Si no reconociese la valia de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado no estaría opositando para ello.
Gracias.
No trabajais naaaaaaaaaaaa, porque te crees que oposito para ello? jajajja Que va hombre, lo digo desde el buen humor!
Si no reconociese la valia de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado no estaría opositando para ello.
Gracias.
- aireesther
- Dios del foro
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- Registrado: Mar Sep 30, 2008 2:41 pm
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Bueno, al menos si salen oposiciones tendrás una oportunidad... en Madrid las de maestro tienen un futuro muy negro
No me llameis perro...no merezco tan alto calificativo...no soy tan fiel, no soy tan leal, solo soy un ser humano.
Los miro a los ojos, y sé que nunca estaré sola si ellos caminan a mi lado
Los miro a los ojos, y sé que nunca estaré sola si ellos caminan a mi lado
No es que los locales (municipales) no trabajen. Ejke no tienen ni pajolera idea de trabajar. Y en la últimas promociones te puedes encontrar de tooo... Vamos, que muestran tanta inoperancia como mala imagen. Eso sí. Ya quisieran para sí los Nacionales y la Benemérita tener los mismos sueldazos teniendo en cuenta los riesgos que corren unos y otros.
Ayyy..., mis pitufos del alma...
Ayyy..., mis pitufos del alma...
Lo siento mi querido Ave Fenix del alma, pero el que no tiene ni CENSURADO idea del trabajo que hace la policía local eres tu . . .Ave Fénix escribió:No es que los locales (municipales) no trabajen. Ejke no tienen ni pajolera idea de trabajar. Y en la últimas promociones te puedes encontrar de tooo... Vamos, que muestran tanta inoperancia como mala imagen. Eso sí. Ya quisieran para sí los Nacionales y la Benemérita tener los mismos sueldazos teniendo en cuenta los riesgos que corren unos y otros.
Ayyy..., mis pitufos del alma...
edito: y para muestra lo que dices del "sueldazo" . . .
Él es tu amigo, tu compañero, tu defensor, tu perro. Tú eres su vida, su amor, su líder. Él será tuyo siempre, fiel y sincero, hasta el último latido de su corazón. A él le debes ser merecedor de tal devoción