
Bueno en teoría, porque luego le "tuneé el coche"
También hace años de esto, unos 10 creo. Ahora no sé si la cosa habrá cambiado,espero que sí.
Estoy con Gigi, me sumo a lo que te ha dicho antes.
Dr. Bender escribió:qué máquina Gigi!!! estoy muy deacuerdo con tu razonamiento.
Tipo penal en sí no hay por ningún sitio, osea no he querido referirme a instancia penal; sino a probable resonsabilidad civil; por daños como tú bien dices sería difícil , a no ser que colara lo del daño psicológico, etc.
Sí creo factible considerar a Luso cosa propiedad; y en juicio el hecho de que al intentar salvar a Luso saliese malparada creo que tendría relevancia.
En todo caso, yo creo que lo mejor como he comentado antes, a mi parecer, sería llegar a un acuerdo con la dueña; porque todo esto si no está del todo clarisimo se enmaraña mucho a nivel jurídico. Vamos que habría que darle unas cuantas vueltas a la jurisprudencia, etc.
Lo de los PPP es administrativo, por lo que la vía contenciosa es la más apropiada; con sus más y sus menos; aunque el caso se las trae y yo de administrativo voy pez pescao!!!!!!!!!!!!!
un saludo, como mola que de vez en cuando haya tertulia jurídico-perruna
una caña virtual contigo Gigi