Hay que llevar encima el seguro d perro cuando pasee con el?
Lo del seguro no lo sabía, creia q solo era obligatorio llevar la cartilla.
Y hablando de papeleo, la vete me dijo que seguramente tendré q sacarme lo de ppp por el tamaño de Sasha (es una dogo aleman), ya q es obligatorio si el perro pesa mas de 30kg y tiene una serie d características. Sabeis algo de esto?
Y hablando de papeleo, la vete me dijo que seguramente tendré q sacarme lo de ppp por el tamaño de Sasha (es una dogo aleman), ya q es obligatorio si el perro pesa mas de 30kg y tiene una serie d características. Sabeis algo de esto?
La ley con respecto a los perros que entran en el listado de p.p.p. no está muy clara, lo que no recuerdo es si está el tuyo o no por raza, pero si no entra en el listado de perros peligrosos y no ha agredido a nadie en algun momento, esto es, que esté denunciado por agresivo, no entra en p.p.p.ad_86 escribió:Lo del seguro no lo sabía, creia q solo era obligatorio llevar la cartilla.
Y hablando de papeleo, la vete me dijo que seguramente tendré q sacarme lo de ppp por el tamaño de Sasha (es una dogo aleman), ya q es obligatorio si el perro pesa mas de 30kg y tiene una serie d características. Sabeis algo de esto?
Un saludo.
yo tuve problemas con la dogo aleman por culpa de un policia que andaba
por el barrio
en princio no es p.p solo que por su peso debe llevar bozal,
el seguro le tenia el de multirriesgo de la casa
entonces depende del poli que te encuentres, si quiere aplicar los supuestos de pelo corto , patas paralelas, morro triangular y no se cuantas tonterias mas te puede decir que esta englobado el potencialmente p. y te obligue
a toda la historia del permiso y seguro aparte
KICHE en malaga en particular segun las normas que se le dan a los
policias que encargan de vigilar a los perros, no hace falta que tengas una denuncia
te denuncia el mismo policia si el considera que tu perro puede ser sin mas motivos peligroso que su opinion , que lo he sufrido en mis carnes
por el barrio
en princio no es p.p solo que por su peso debe llevar bozal,
el seguro le tenia el de multirriesgo de la casa
entonces depende del poli que te encuentres, si quiere aplicar los supuestos de pelo corto , patas paralelas, morro triangular y no se cuantas tonterias mas te puede decir que esta englobado el potencialmente p. y te obligue
a toda la historia del permiso y seguro aparte
KICHE en malaga en particular segun las normas que se le dan a los
policias que encargan de vigilar a los perros, no hace falta que tengas una denuncia
te denuncia el mismo policia si el considera que tu perro puede ser sin mas motivos peligroso que su opinion , que lo he sufrido en mis carnes
Teresa, te puede denunciar todo lo que quiera pero si no cumple las normas de la ley de p.p.p. evidentemente se acoge a la ley de que "te tengo mania" o a la de "te multo porque soy mu chulo"
. De todos modos ya dije que la ley en ese aspecto no está muy clara, es un tanto ambigua y me imagino que lo hacen para eso, para que si quieren te puedan multar lleves lo que lleves.
Saludos.

Saludos.
Bueno debido al revoleo este que hay montado con lo de la ley he estado investigando y he encontrado un anexo que modifica la ley, os lo dejo a ver si alguien lo entiende
El caso es que según el REAL DECRETO 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se ha modificado ciertos aspectos a la hora de clasificar los Perros Potencialmente Peligrosos (comunmente PPP).
El texto de la revisión de la Ley es este... http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc. ... xtlen=1000
El punto del cual tengo mis dudas es este...
ANEXO II
Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes:
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas.
Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
ANEXO I
a) Pit Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffodshire Terrier.
d) Rottweiler.
e) Dogo Argentino.
f) Fila Brasileiro.
g) Tosa Inu.
h) Akita Inu.
Sabeis de algun perro que no entre en esas caracteristicas??? Lo que habria que enterarse es si tiene que cumplir todas esas características para ser ppp o que cumpla alguna ya esté dentro. Por que me hace una gracia que los perros pequeños con lo broncosos que son algunos queden fuera.....
Bueno a ver si conseguimos mas informacion al respecto.
Un saludo.

El caso es que según el REAL DECRETO 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, se ha modificado ciertos aspectos a la hora de clasificar los Perros Potencialmente Peligrosos (comunmente PPP).
El texto de la revisión de la Ley es este... http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc. ... xtlen=1000
El punto del cual tengo mis dudas es este...
ANEXO II
Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes:
a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b) Marcado carácter y gran valor.
c) Pelo corto.
d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas.
Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f) Cuello ancho, musculoso y corto.
g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
ANEXO I
a) Pit Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffodshire Terrier.
d) Rottweiler.
e) Dogo Argentino.
f) Fila Brasileiro.
g) Tosa Inu.
h) Akita Inu.
Sabeis de algun perro que no entre en esas caracteristicas??? Lo que habria que enterarse es si tiene que cumplir todas esas características para ser ppp o que cumpla alguna ya esté dentro. Por que me hace una gracia que los perros pequeños con lo broncosos que son algunos queden fuera.....
Bueno a ver si conseguimos mas informacion al respecto.
Un saludo.
a eso es lo que yo me referia con lo de si las patas , el morro o el pelo
que quitando el caniche que no este gordo
casi cualquiera
lo que pasa que el que me multo con la dogo aleman no se salio con la suya, por que recurri varias veces con certificados varios demostrando que no
era peligrosa y creo que aburri a los del ayuntamiento
y no tiene que cumplir todas las caracteristicas, solo algunas
que quitando el caniche que no este gordo

lo que pasa que el que me multo con la dogo aleman no se salio con la suya, por que recurri varias veces con certificados varios demostrando que no
era peligrosa y creo que aburri a los del ayuntamiento

y no tiene que cumplir todas las caracteristicas, solo algunas
Has dado en el clavo Kiche, a este respecto no hay nada claro y al final todo depende del agente con el que topes.Kiche escribió: De todos modos ya dije que la ley en ese aspecto no está muy clara, es un tanto ambigua y me imagino que lo hacen para eso, para que si quieren te puedan multar lleves lo que lleves.
Saludos.

"El perro es el humano más comprensivo"