AVISO ENVENENAMIENTO DE PERROS Vicálvaro
Ahora que he empezado a sacar al perrillo de paseo (sus primeras salidas) voy conociendo a otros propietarios de la zona. El caso es que todos saben lo que ha sucedido en ese parque.
Principalmente sospechan de una persona, adulta, que no le gustan los perros.
El método de envenenamiento es dejar trozos de tocino con un potente matarratas en su interior. Este matarratas no es el común que puede comprar cualquiera, por lo visto es tan fuerte que hace falta presentar el DNI a la hora de adquirirlo. Por ahí va la línea de investigación de la policía.
Por lo demás, muchos están volviendo a sacar a sus perros en ese parque, ya que la policía está atenta al asunto, y se siente más seguros al creer que el individuo, por lo menos de momento, no va a volver a actuar.
Solo espero que le cojan, y caiga sobre el todo el peso de la ley.
Saludos.
Principalmente sospechan de una persona, adulta, que no le gustan los perros.
El método de envenenamiento es dejar trozos de tocino con un potente matarratas en su interior. Este matarratas no es el común que puede comprar cualquiera, por lo visto es tan fuerte que hace falta presentar el DNI a la hora de adquirirlo. Por ahí va la línea de investigación de la policía.
Por lo demás, muchos están volviendo a sacar a sus perros en ese parque, ya que la policía está atenta al asunto, y se siente más seguros al creer que el individuo, por lo menos de momento, no va a volver a actuar.
Solo espero que le cojan, y caiga sobre el todo el peso de la ley.
Saludos.
EMIyMAX escribió:mi perra es escapista, y como encuentre comida alguna vez en un sitio, se pira todos los dias para ver si la comida sigue ahí.
Me plantee lo del bozal, pero sabes lo que pensé? es escapista.... si se pira con el bozal y no la encuentro ¿la dejo indefensa mientras está perdida? SI, no podría comer ni defenderse, asi que lo he descartado.
Te hago esto EMI porque parece como si hubieras sacado de mi cabeza hasta los puntos y las comas
Es que es jodidillo lo del escapismo + basureo. Mi perra desde luego siendo así, tiene muchas papeletas para ser una victima
¿Alguien sabe que tipo de delito es este y qué tipo de condena se le aplica? Yo creo que será algo así como un delito contra la salud pública. Pero tratándose de perros el objeto del delito seguro que no va más allá de una sanción económica. Aunque de esto no tengo ni idea.
- EMIyMAX
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en la página 14 de las ordenanzas municipales de tenencia de animales de Madrid
b) Constituyen infracciones graves:
10. Suministrar, por cualquier vía, sustancias nocivas que puedan causarles daño o sufrimiento innecesarios
Artículo 38: Sanciones
1. Las sanciones aplicables por infracción de los preceptos contenidos en la presente Ordenanza serán los siguientes:
a) Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 25.000 hasta 50.000 pts.
b) Las infracciones graves, con multa comprendida entre 50.001 y 400.000 pts.
c) Las infracciones muy graves, con multa comprendida entre 400.001 y 2.500.000 pts.
http://www.madrid.es/boletines-vap/gene ... acheKey=49
- EMIyMAX
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1. Los perros podrán permanecer sueltos en las zonas acotadas por el Ayuntamiento para este fin. En los parques y jardines, sin perjuicio del horario de cierre de cada uno de ellos, podrán estar sueltos entre las 19 y
10 horas en el horario oficial de invierno, y entre las 20 y 10 horas en el horario oficial de verano, quedando exceptuadas las zonas de recreo infantil, de mayores y otras áreas en las que figure expresamente la
prohibición de su acceso. En el horario restante los perros deberán ir provistos de correa.
Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los perros calificados como potencialmente peligrosos, conforme al Decreto 30/2003, de 13 de marzo, de la Comunidad de Madrid, que deberán, en
lugares públicos, ir siempre provistos de correa y bozal.
10 horas en el horario oficial de invierno, y entre las 20 y 10 horas en el horario oficial de verano, quedando exceptuadas las zonas de recreo infantil, de mayores y otras áreas en las que figure expresamente la
prohibición de su acceso. En el horario restante los perros deberán ir provistos de correa.
Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los perros calificados como potencialmente peligrosos, conforme al Decreto 30/2003, de 13 de marzo, de la Comunidad de Madrid, que deberán, en
lugares públicos, ir siempre provistos de correa y bozal.
Aquí vengo yo otra vez en función de SerenoAphex escribió:¿Que horas son esas? a mi es que me pilla todo de nuevo.
- SE HACE SABEEER que la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales del Ayuntamiento de Madrid dice lo siguiente (resumido):
-Del 24 Febrero al 14 Octubre los perros podrán estar sueltos entre las 20 y las 10 h. del día siguiente
-Y del 15 Octubre al 23 Febrero, entre las 19 y las 10 h.del día siguiente
Respecto a lo que dices EMI, si esto se regula por la Ordenanza esta pués = risa que les va a dar si les cogen.