Allanamiento de morada (continuación del otro post)

Cualquier tema NO relacionado con los perros
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elfgift
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Allanamiento de morada (continuación del otro post)

Mensaje por elfgift »

Para no desvirtuar te contesto aqui Gigi


Con respeto a lo del jardín existen sentencias tanto para un lado como para el otro, no lo voy a negar, pero la decisión final suele recaer en 4 aspectos.


1- La intención de quien supuestamente ha cometido el delito.
2- El tipo de valla o cierre, es decir, si por sus dimensiones se entiende que está destinado a separar o delimitar, o si por la contra es un muro para impedir la entrada y preservar la intimidad.
3- La visibilidad que aporta ese cierre, es decir, cuanto menos se vea por el, mayor es la intención de preservar la intimidad de los propietarios.
4- La continuidad del cierre, es decir, si el cierre destinado a separar la vivienda del "mundo exterior" encierra también al jardín, es decir, que esta todo incluido dentro de un mismo cierre, si por la contra tubieras un cierre para la casa y otro para el jardín (decir jardín suena pequeño, pero se refiere a una extensión de terreno, independientemente de los m2) seguramente no te dean la condición de allanamiento de morada, ya que van a decir que consideras solo morada una parte y por eso tienes un cierre "mejor" que en la otra zona.

Y como ya he dicho numerosas veces, existen diferentes "normas o pautas" para seguir y salir mejor parado en lo referente a temas juridicos, y en el caso del allanamiento de morada en un jardin, esos son los 4 puntos a tener en cuenta.


Luego también tienes la opción de en vez de aludir a un allanamiento de morada aludir a otros conceptos "menos graves", lo que esta claro esque una persona que entra en la parcela de mi casa no sale impune si lo denuncio, quizas tenga suerte y la sentencia sea favorable por allanamiento de morada o no, pero hasta el niño que salta a por su balón de futbol se puede llevar un escarmiento (y pobre de el que me rompa unas flores o algo, que entonces si te pones chulo lo denuncias hasta por bandalismo)

Un saludo!
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Gigi
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Mensaje por Gigi »

En una cosa estamos de acuerdo, nos podemos encontrar sentencias contradictorias, depende del juez que te toque así como tambien depende le letrado que te asista :mrgreen:

Tambien te tengo que dar la razón, aunque con matizes, en lo de lo cuatro puntos, aunque hay algunos otros :wink:

¿Porque digo con tanta rotundidad lo que NO es allanamiento de morada? Porqué no he encontrado jurisprudencia sobre la condena y/o absolucion de alguien por este motivo.

Lo que yo no afirmaría tan rotudamente es esto:
, lo que esta claro esque una persona que entra en la parcela de mi casa no sale impune si lo denuncio, quizas tenga suerte y la sentencia sea favorable por allanamiento de morada o no, pero hasta el niño que salta a por su balón de futbol se puede llevar un escarmiento (y pobre de el que me rompa unas flores o algo, que entonces si te pones chulo lo denuncias hasta por bandalismo)
Él es tu amigo, tu compañero, tu defensor, tu perro. Tú eres su vida, su amor, su líder. Él será tuyo siempre, fiel y sincero, hasta el último latido de su corazón. A él le debes ser merecedor de tal devoción
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elfgift
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Mensaje por elfgift »

Lo de los puntos puse los 4 más importantes o relevantes en las diversas sentencias sobre el tema, está claro que hay jueces que te miran hasta si lo tienes cuidado, ya que en caso contrario te dicen que es una parte de terreno abandonado y que no te preocupas de cuidarla (y más tonterias por el estilo)

Lo malo de las leyes esque su aplicación depende del juez que te toque y de los abogados, el mismo texto legal en el mismo caso visto desde el punto de vista de un juez puede ser "blanco" y desde el del otro "negro", y lo mismo pasa con la defensa de los abogados. Lo único que intento decir esque hay una serie de pautas en las que un abogado versado en el tema se puede apollar para hacer una defensa digna de mención y lo que en un principio podia caerte el pelo al final nisiquiera te salpique.

Sobre las defensas del abogado "versado en el tema" (que gente que estudie derecho hay mucha, abogados otros tantos, pero abogados especialistas de un tema como el de los animales ESCASEAN por todas partes.
De echo sin tener el titulo de derecho te puedo decir que tengo más conocimientos sobre el tema que muchos que se han sacado la carrera, que muchos otros que ejercen la profesión e incluso que algunos fiscales (lo digo porque los conozco personalmente y he tratado con ellos el tema en diversas situaciones)

En este tema en particular también entra lo de los ataques de perros a ladrones y demás, normalmente cuando una persona se defiende y deja mal parado a un ladrón se come un marrón de tres pares de cojones porque existen textos legales donde se tipifican las acciones de estas personas (el más conocido y menos comprendido por la gente en general es el de la "legitima defensa") Pero existe un vacio legal ante los ataques de perro cuando el abogado defensor es capaz de presentarlo como una defensa a una "agresión territorial" hacia el perro. No existe ningun texto legal que tipifique la "dolosidad?" en las acciones del perro, y tampoco se puede determinar "legitima defensa" dentro de los instintos del animal, no puedes exigirle a un perro que "use la fuerza necesaria para repeler una agresión" por tanto, este vacio legal acompañado de una serie de pautas hacen que se puedan salir airoso (tanto propietario como perro) de situaciones que podrían acabar con el sacrificio del animal y obligando al propietario de este a pagar una indemnización.


Con respecto a lo otro:

El niño a entrado en mi propiedad (me refiero a casa/finca/patio) sin mi consentimiento comete un delito(lo cual esta tipificado como "atentado a los derechos fundamentales de las persona"). Otra cosa esque el juez decida que no sea delito (obvio, es un niño buscando una pelota) y lo tramite como falta o que nos "obligue" (el juez no nos puede obligar a pactar, en tal caso nos lo sugerirar o le dirá a los abogados que lo pacten, lo matizo por si acaso) a llegar a un acuerdo a acusado y acusador, lo cual quedara en nada porque no soy tan gitano como para pedirle nada a los padres de un niño que fue a por un balón, unicamente una disculpa jejeje [Que hable de portarme "mal" y ser duro no quiere decir que actuase asi en realidad, digo que la opción de ser malo y duro la tengo]

Y lo del bandalismo se puede hacer sin problemas, te lo dice alguien que de pequeño se llevo una denuncia de bandalismo y la perdió por el mismo caso (cojer un balón del jardín de alguien y sin querer aplastar unas flores y romper unas ramas de un arbusto al bajar del cierrre) Está claro que la falta de dolo es un atenuante, pero eso no quita que he dañado los vienes de una persona.
pandorasombra

Mensaje por pandorasombra »

Si tu casa no tiene puertas y la puerta de tu casa es la del jardin,,,,entonces ya,el jardin es tu casa.Claro,¿pero quien lo tiene asi?

Todo lo demas,que va,le di todas las vueltas,bien delimitado,vaya de piedra alta,3 metros pide la ley minimo....,que te dicen que nanai,por lo general.Es tu,propiedad,,,pero no tu morada. y la constitucion pone inviolavilidad del domicilio,en derechos fundamentales,seccion 1 art 18.2.
Ahora,que considera la ley domicilio?,esa es la cuestion.n principio,en jardin no.


Y el ataque del perro,a menos que lo azuces,no es doloso,nunca.Es que no te condenan normalmente por dolo,es imprudencia.
El que es juzgado eres tu no el perro,aunque la peor parte de la lleve el.

Muy buen abogado y mucha suerte ne le juicio,para que acepten juzgar al perro,y puedas meterte en la dolosidad o no,de los actos del animal,,un juicio asi podrias ser gracioso :mrgreen:

Ahora,todo esto,ya es abogado bueno y juicio....,n oes para decir tan alegremente,que no pasa nada.La mayoria nos vamso a joder con el abogado de oficio.

(y ya que estamso quisquillosos,a menos que sean tan cabrones,que sena capaces de metete el dolo eventual en algun caso).
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Gigi
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Mensaje por Gigi »

En cuanto a lo de morada, por fin he encontrado algo :martillo:

"Segun la doctrina y la jurispridencia el concepto de morada o domicilio tanto a nivel doctrinal como jurisprudencial se ha interpretado de forma amplia, extendiéndose mas allá del concepto entendido por todos. Así, según la STS (sentencia tribunal supremo)1344/1998, de 12 de noviembre, <se considera domicilio a todo espacio cerrado en el que el individuo pernocte y tenga guardados sus pertenencias>. Mientras que en la STS 1775/2000, de 17 de noviembre, <debe entenderse por morada el recinto, generalmente cerrado y techado, en el que el sujeto pasivo y sus parientes próximos, habita, desarrollan su vida íntima y familiar, comprendiéndose dentro de dicho recinto, no solo las estancias destinadas a la convivencia en intimidad, sinó tambien los cuartos anejos>.
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Gigi
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Mensaje por Gigi »

En el otro supuesto, los daños, a los que tu llamas "bandalismo", para que exista tipo penal uno de los elementos claves es que el autor tenga ánimo o intención de dañar, es decir, "animus nocendi o dammandi" y, por supuesto un perjuicio patrimonial (STS de fecha 7 de Marzo de 1988, de 25 de Febrero de 1985 i de 20 de Diciembre cde 1986). En caso de no existir esa voluntariedad sera causa civil y no penal.

Tu mismo dices que
sin querer aplastar unas flores y romper unas ramas de un arbusto al bajar del cierrre) Está claro que la falta de dolo es un atenuante, pero eso no quita que he dañado los vienes de una persona
. En este caso la falta de dolo no seria un atenuante si no que, al no existir este dolo, no entra dentro del tipo penal y pasa a ser civil.
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elfgift
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Mensaje por elfgift »

Esque en cuanto al tema de la morada hay que diferenciarlo del domicilio, es similar pero no es lo mismo, tu misma lo pones.

<debe entenderse por morada el recinto, generalmente cerrado y techado, en el que el sujeto pasivo y sus parientes próximos, habita, desarrollan su vida íntima y familiar, comprendiéndose dentro de dicho recinto, no solo las estancias destinadas a la convivencia en intimidad, sinó tambien los cuartos anejos>.

Como bien aprecias habla de techado, pero cuando estudie el tema encontre resoluciones que no daban importancia a lo del techado, de esto hace años, tendre que volver a buscar aver si las encuentro (cambie de ordenador)

Por otro lado, en el tema del perro, hay juicios en los que se juzga la intención del perro, de echo, en los casos la labor de los expertos es decidir sobre la intención del perro en base a las mordidas y a los sitios donde atacó.

Obviamente se me juzga ami, pero para juzgar si fuy imprudente o no hay que analizar la conducta y la mordida del animal, ya que en base a eso se toman decisiones sobre su agresividad y su forma de ser (aparte de un examen al animal para ver ante que tipos de estimulos ataca y que tipos no)

Tendre que buscar aver si aun tengo los papeles del juzgado de cuando me ocurrio lo de la pelota.
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Gigi
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Mensaje por Gigi »

elfgift escribió:Esque en cuanto al tema de la morada hay que diferenciarlo del domicilio, es similar pero no es lo mismo, tu misma lo pones.
Mismo, elfgift, mismo, soy hombre (o eso dice mi mujer :mrgreen: )

Claro que no es lo mismo, morada en donde se reside y domicilio es de una persona jurídica :wink:
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pandorasombra

Mensaje por pandorasombra »

Si,,por eso cuando he puesto lo de la puerta,he puesto,que si que es tu casa...Porque haber como esta el resto,para que se considere morada,domicilio,propiedad,,o te consideren gilipollas por no cerrar,y dejarles la entrada facil a los ladrones.

Es que tu alegas allanamiento de morada y despues alegas los principios fundamentales...Pues tu veras.
Las leyes cambian todos los años,no te agarres a un caso antiguo.

Y tu has estado en un juicio,en un caso,con un abogado con un juez....Es que te l oestoy diciendo,que no te niego que te cargaras a alguien y salieras impune,y que se pueda hacer mas veces.Lo que te niego es que sea tan facil.

Ademas,una cosa es que tengas derecho a que no te entren en el domicilio,otra que si te entran te puedas cargar al susodicho impunemente.Derecho a la vida,es otro principio fundamental.
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aireesther
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Mensaje por aireesther »

Sobre este asunto recuerdo un perro que fue tiroteado en su propia casa por un ¿policía o un guardia civil? no lo recuerdo. Y encima la culpa era de los dueños...
No me llameis perro...no merezco tan alto calificativo...no soy tan fiel, no soy tan leal, solo soy un ser humano.
Los miro a los ojos, y sé que nunca estaré sola si ellos caminan a mi lado
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