duda sobre venta de animales
- taliesim
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duda sobre venta de animales
saludos!!!
dios... sólo a mi se me ocurre entrar en una tienda dónde venden cachorros.... y en estas fechas...
viendo los cachorros me ha surgido una duda.....
¿existe alguna ley sobre la edad mínima que han de tener los animales en venta?
dios... sólo a mi se me ocurre entrar en una tienda dónde venden cachorros.... y en estas fechas...
viendo los cachorros me ha surgido una duda.....
¿existe alguna ley sobre la edad mínima que han de tener los animales en venta?
http://patasyzarpas.blogspot.com/
por muy oscura que sea la noche, no tengo miedo. Encontraré el camino en los ojos de mi perro
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- nuriaBogartDana
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Re: duda sobre venta de animales
No tengo ni idea Tali, en las que tengo más cerca de casa siempre los he visto de tres meses o así, pero me da que en las de grandes superficies... no sé eh? cuanto más pequeño más goloso
Si parto de que me gustaría saber qué coño hacen con esos perrillos los días que están cerrados pues... ains qué penita.
Si parto de que me gustaría saber qué coño hacen con esos perrillos los días que están cerrados pues... ains qué penita.
El hecho simple de que mi perro me quiere más que yo a él constituye una realidad tan innegable que, cada vez que pienso en ella, me avergüenzo (Konrad Lorenz).
- belenny
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Re: duda sobre venta de animales
45 días en el caso de los perretes.
¿Te gustan los agapornis? http://www.pornimascota.es
Diario de un futuro perro guía: http://futuroperroguia.pornimascota.es/
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- nuriaBogartDana
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Re: duda sobre venta de animales
He encontrado esto pero no habla de edad mínima
http://www.consumer.es/web/es/mascotas/ ... 206526.php
http://www.elmundodelperro.net/noticia/ ... ticos.html
¿45 días????????????????? ¿sólo???????? hdp, si no tienen así ni dos vacunas
http://www.consumer.es/web/es/mascotas/ ... 206526.php
http://www.elmundodelperro.net/noticia/ ... ticos.html
¿45 días????????????????? ¿sólo???????? hdp, si no tienen así ni dos vacunas
El hecho simple de que mi perro me quiere más que yo a él constituye una realidad tan innegable que, cada vez que pienso en ella, me avergüenzo (Konrad Lorenz).
- belenny
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Re: duda sobre venta de animales
Me suena que sí, no sé dónde lo vi.
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- EMIyMAX
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Re: duda sobre venta de animales
2 meses en Madrid
Desde que en el año 1990 Madrid dictara su Ley de Protección de Animales Domésticos las cosas han cambiado mucho. Hoy existe una mayor conciencia de la responsabilidad que supone la tenencia de una mascota, se exigen más obligaciones a los propietarios, se reconocen cada vez más derechos a los animales, se han introducido en nuestro mercado los animales exóticos que precisan una regulación específica y, en definitiva, existe una mayor demanda de protección por parte de la sociedad.
La comunidad de Madrid, que desde el año 2006 ha dedicado más de quince millones de euros para cubrir los gastos que le genera el abandono de animales domésticos, ha decidido reformar su ley de protección y mejorarla en diversos aspectos con la intención de reducir el número de abandonos, mejorar la calidad de vida de los animales domésticos incluso desde el momento de su venta y, en definitiva, potenciar la tenencia responsable. El pasado 6 de octubre, el Consejo de Gobierno aprobó el proyecto de ley y lo remitió a la Asamblea legislativa madrileña para continuar con su tramitación.
Aunque es posible que algunas cuestiones se modifiquen a lo largo de los trámites legislativos que quedan pendientes, éstos son algunos de los puntos más interesantes que se proponen en esa reforma:
CRIADEROS Y PUNTOS DE VENTA
Se pretende que el propietario adquiera conciencia de su responsabilidad desde el momento de la adquisición del animal. Por este motivo, se regula exhaustivamente la venta de animales, lo que afectará a criadores y vendedores. Se prohíbe la exhibición de animales en los escaparates, norma que ya había sido adoptada en otros lugares de España como, por ejemplo, Barcelona, y se establece una edad mínima para poder proceder a la venta de cachorros. Estos deberán tener al menos dos meses de edad. El vendedor tiene la obligación de entregar al comprador toda la información relativa al origen, características, manejo, tamaño que alcanzará el animal de adulto, posibilidades de que transmita alguna enfermedad al propietario o su entorno familiar…
CENSO E IDENTIFICACIÓN
Si hablamos de conciencia de responsabilidad, ésta pasa necesariamente por exigir la identificación y el censo de los animales. Solo así se conseguirán reducir los abandonos. Todos los propietarios continuarán estando obligados a tener identificados a sus animales con un chip y a tenerlos censados. La novedad estriba en la simplificación del registro, que va a ser controlado por la propia comunidad autónoma, y en la rapidez con que se van a exigir las notificaciones a los propietarios, que tendrán tres días para comunicar a la administración el extravío, muerte o cambio de titularidad de su mascota.
ESTANCIA CON LOS PROPIETARIOS
Uno de los objetivos básicos de la ley es la evitación de cualquier sufrimiento del animal. Por eso se prohíbe mantener atados a los animales o encerrarlos en condiciones que les generen un daño. Todo ello al margen de las obligaciones habituales que ya se encontraban recogidas en la ley que se reforma. Se regula además la adquisición de animales exóticos prohibiendo en algunos casos la tenencia de determinadas especies.
EN LA CALLE Y EN LOS ESPECTÁCULOS
La nueva ley prohibirá dar de comer a los animales abandonados, exhibir animales en los locales de diversión, usarlos en ferias, ejercer la mendicidad o cualquier actividad ambulante utilizando mascotas como reclamo y que accedan a las zonas destinadas a juegos infantiles. Los animales de compañía son justamente eso y no un elemento que vaya a poder utilizarse con cualquier otro fin que ponga en duda su bienestar o que pueda rozar una situación de maltrato.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Una ley que pretende conseguir una tenencia y tratamiento más responsable de los animales domésticos debe incluir necesariamente un buen catálogo de infracciones y sanciones que avalen su contenido. También a este punto alcanza la reforma de la ley madrileña que mejora y amplía su catálogo de infracciones y endurece las sanciones. Se recogen como infracciones nuevas: alimentar a animales vagabundos, ejercer la mendicidad con ellos, no comunicar su pérdida, muerte o cambio de titularidad en el plazo de tres días que antes comentábamos. Pasa a considerarse infracción grave (antes era leve) la no correcta identificación de los animales. Es también grave fomentar la agresividad de los animales, mantenerlos atados de forma que se les cause sufrimiento o no proporcionarles los tratamientos veterinarios adecuados. Entre las novedades de las infracciones muy graves estará la filmación de imágenes con contenido cruel o que supongan maltrato a los animales domésticos. Las sanciones irán desde los 300 euros hasta los 30.000 euros en los casos más graves.
Desde que en el año 1990 Madrid dictara su Ley de Protección de Animales Domésticos las cosas han cambiado mucho. Hoy existe una mayor conciencia de la responsabilidad que supone la tenencia de una mascota, se exigen más obligaciones a los propietarios, se reconocen cada vez más derechos a los animales, se han introducido en nuestro mercado los animales exóticos que precisan una regulación específica y, en definitiva, existe una mayor demanda de protección por parte de la sociedad.
La comunidad de Madrid, que desde el año 2006 ha dedicado más de quince millones de euros para cubrir los gastos que le genera el abandono de animales domésticos, ha decidido reformar su ley de protección y mejorarla en diversos aspectos con la intención de reducir el número de abandonos, mejorar la calidad de vida de los animales domésticos incluso desde el momento de su venta y, en definitiva, potenciar la tenencia responsable. El pasado 6 de octubre, el Consejo de Gobierno aprobó el proyecto de ley y lo remitió a la Asamblea legislativa madrileña para continuar con su tramitación.
Aunque es posible que algunas cuestiones se modifiquen a lo largo de los trámites legislativos que quedan pendientes, éstos son algunos de los puntos más interesantes que se proponen en esa reforma:
CRIADEROS Y PUNTOS DE VENTA
Se pretende que el propietario adquiera conciencia de su responsabilidad desde el momento de la adquisición del animal. Por este motivo, se regula exhaustivamente la venta de animales, lo que afectará a criadores y vendedores. Se prohíbe la exhibición de animales en los escaparates, norma que ya había sido adoptada en otros lugares de España como, por ejemplo, Barcelona, y se establece una edad mínima para poder proceder a la venta de cachorros. Estos deberán tener al menos dos meses de edad. El vendedor tiene la obligación de entregar al comprador toda la información relativa al origen, características, manejo, tamaño que alcanzará el animal de adulto, posibilidades de que transmita alguna enfermedad al propietario o su entorno familiar…
CENSO E IDENTIFICACIÓN
Si hablamos de conciencia de responsabilidad, ésta pasa necesariamente por exigir la identificación y el censo de los animales. Solo así se conseguirán reducir los abandonos. Todos los propietarios continuarán estando obligados a tener identificados a sus animales con un chip y a tenerlos censados. La novedad estriba en la simplificación del registro, que va a ser controlado por la propia comunidad autónoma, y en la rapidez con que se van a exigir las notificaciones a los propietarios, que tendrán tres días para comunicar a la administración el extravío, muerte o cambio de titularidad de su mascota.
ESTANCIA CON LOS PROPIETARIOS
Uno de los objetivos básicos de la ley es la evitación de cualquier sufrimiento del animal. Por eso se prohíbe mantener atados a los animales o encerrarlos en condiciones que les generen un daño. Todo ello al margen de las obligaciones habituales que ya se encontraban recogidas en la ley que se reforma. Se regula además la adquisición de animales exóticos prohibiendo en algunos casos la tenencia de determinadas especies.
EN LA CALLE Y EN LOS ESPECTÁCULOS
La nueva ley prohibirá dar de comer a los animales abandonados, exhibir animales en los locales de diversión, usarlos en ferias, ejercer la mendicidad o cualquier actividad ambulante utilizando mascotas como reclamo y que accedan a las zonas destinadas a juegos infantiles. Los animales de compañía son justamente eso y no un elemento que vaya a poder utilizarse con cualquier otro fin que ponga en duda su bienestar o que pueda rozar una situación de maltrato.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Una ley que pretende conseguir una tenencia y tratamiento más responsable de los animales domésticos debe incluir necesariamente un buen catálogo de infracciones y sanciones que avalen su contenido. También a este punto alcanza la reforma de la ley madrileña que mejora y amplía su catálogo de infracciones y endurece las sanciones. Se recogen como infracciones nuevas: alimentar a animales vagabundos, ejercer la mendicidad con ellos, no comunicar su pérdida, muerte o cambio de titularidad en el plazo de tres días que antes comentábamos. Pasa a considerarse infracción grave (antes era leve) la no correcta identificación de los animales. Es también grave fomentar la agresividad de los animales, mantenerlos atados de forma que se les cause sufrimiento o no proporcionarles los tratamientos veterinarios adecuados. Entre las novedades de las infracciones muy graves estará la filmación de imágenes con contenido cruel o que supongan maltrato a los animales domésticos. Las sanciones irán desde los 300 euros hasta los 30.000 euros en los casos más graves.
- nuriaBogartDana
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Re: duda sobre venta de animales
Entiendo que hablas de la Comunidad de Madrid Emy, no de toda España.
"La nueva ley prohibirá dar de comer a los animales abandonados" Esto me parece penoso... no castigamos al que abandona pero sí al que les da algo de comer
"La nueva ley prohibirá dar de comer a los animales abandonados" Esto me parece penoso... no castigamos al que abandona pero sí al que les da algo de comer
El hecho simple de que mi perro me quiere más que yo a él constituye una realidad tan innegable que, cada vez que pienso en ella, me avergüenzo (Konrad Lorenz).
Re: duda sobre venta de animales
Se que para pasar un cachorro por la frontera tienen que tener dos meses pero de hay que se falsifiquen las fechas de nacimiento y las vacuas.
Lo digo por que mayormente en las tiendas hay cachorros de fuera y seguramente vistes cachorros de mes y medio y de hay que te saltaran las dudas. Imagino que si para pasar la frontera tienen que tener mínimo dos meses para venderlos también.
No me leído el tocho de Emi ya que voy a toda hostia para irme a ver Desafió Extremo
Lo digo por que mayormente en las tiendas hay cachorros de fuera y seguramente vistes cachorros de mes y medio y de hay que te saltaran las dudas. Imagino que si para pasar la frontera tienen que tener mínimo dos meses para venderlos también.
No me leído el tocho de Emi ya que voy a toda hostia para irme a ver Desafió Extremo
Si quieres sentirte vació de verdad , caga con hambre
- taliesim
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Re: duda sobre venta de animales
saludos!!
gracias por toda la información, pero efectivamente no he encontrado de momento nada donde diga que en el pais vasco, haya una edad mínima.....
es que algunos de los cachorros que vi en esa tienda no llegaban a los dos meses y quería informarme para poder denunciar si fuese el caso.... en fin.
gracias por toda la información, pero efectivamente no he encontrado de momento nada donde diga que en el pais vasco, haya una edad mínima.....
es que algunos de los cachorros que vi en esa tienda no llegaban a los dos meses y quería informarme para poder denunciar si fuese el caso.... en fin.
http://patasyzarpas.blogspot.com/
por muy oscura que sea la noche, no tengo miedo. Encontraré el camino en los ojos de mi perro
por muy oscura que sea la noche, no tengo miedo. Encontraré el camino en los ojos de mi perro
Re: duda sobre venta de animales
No sé si hay una edad mínima, lo lógico sería que la hubiese.
El jueves 3 de enero se me ocurrió entrar en un H. Zoo de un centro comercial, no sé para que entré porque pillé un cabreo que me duró todo el día. Había una camada entera de Gossos d'Atura Catalans (Pastor Catalán) con fecha de nacimiento el 25 de noviembre del 2012.
36 días de edad, todavía tenían los ojos de bebé que parece que tienen un velo blanquecino. Había uno que lloraba como un desesperado.
El jueves 3 de enero se me ocurrió entrar en un H. Zoo de un centro comercial, no sé para que entré porque pillé un cabreo que me duró todo el día. Había una camada entera de Gossos d'Atura Catalans (Pastor Catalán) con fecha de nacimiento el 25 de noviembre del 2012.
36 días de edad, todavía tenían los ojos de bebé que parece que tienen un velo blanquecino. Había uno que lloraba como un desesperado.
12/02/2009. La muerte te ha arrebatado de mi lado, ya no volverás a ver la luz. Pero tu recuerdo iluminará mi corazón hasta que nos reunamos en el Puente del Arco Iris. TKM COSITA.
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