DUDA TAMBIÉN DE PEDIGREE

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DAMA (LA PUPAS)
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Mensaje por DAMA (LA PUPAS) »

los papeles que tenemos son
La inscripción de la camada en la LOE
Y un papel que acredita firmado por el criador el cambio de nombre.
Y un justificante del microchip que pone que el perro es nuestro
yata. :roll:
Cuando usted abandona un perro porque ya "no le sirve", sus hijos aprenden la lección.
Quizás hagan lo mismo con usted cuando sea un anciano. Piénselo.
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jibmm
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Mensaje por jibmm »

Perdona Dama, pero lo de la inscripcion de la camada, sera una fotocopia?, porque ese documento se lo queda la RSCE, como ya dije, ese documento lleva los nombres, y los numero de microchips, de todos los cachorros, y debe de ser enviado a la RSC acompañado de cada formulario de identificacion. Y ese tramite solo puede realizarlo el criador.
Debes solicitar al criador que te envie el certificado de inscripcion del cachorro con su numero de LOE, que deberia haber recibido a los 2 o tres meses.
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DAMA (LA PUPAS)
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Mensaje por DAMA (LA PUPAS) »

jibmm escribió:Perdona Dama, pero lo de la inscripcion de la camada, sera una fotocopia?, porque ese documento se lo queda la RSCE, como ya dije, ese documento lleva los nombres, y los numero de microchips, de todos los cachorros, y debe de ser enviado a la RSC acompañado de cada formulario de identificacion. Y ese tramite solo puede realizarlo el criador.
Debes solicitar al criador que te envie el certificado de inscripcion del cachorro con su numero de LOE, que deberia haber recibido a los 2 o tres meses.
La perra venía sin microchip puesto, la cogimos con mes y medio y después le pusimos nosotros el microchip.
Cuando usted abandona un perro porque ya "no le sirve", sus hijos aprenden la lección.
Quizás hagan lo mismo con usted cuando sea un anciano. Piénselo.
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jibmm
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Mensaje por jibmm »

El tema de notificacion, alta e inscripcion de camada, asi como el formulario de identificacion canina de la RSCE, solo puede tramitarlos el criador. La RSC solo contempla logicamente la cesion de un perro que ya tenga inscritos en el LOE, si el perro no esta inscrito para ellos no existe.

El nacimiento de la camada debe comunicarse a la R.S.C.E. o a la sociedad canina colaboradora que corresponda al domicilio del criador, antes de que los cachorros cumplan 30 días, utilizando el impreso “NOTIFICACION DE NACIMIENTO DE CAMADA” (1er cuerpo del impreso).

La R.S.C.E., enviará al criador los Formularios de Identificación Canina para identificar a los cachorros, mediante tatuaje (tatuador autorizado) o microchip (veterinario colegiado), a elección del criador.

La inscripción de la camada tiene que hacerse antes de que los cachorros cumplan 6 meses de edad, utilizando el impreso “SOLICITUD DE INSCRIPCION DE CAMADA” (2º cuerpo del impreso) y adjuntando los Formularios de Identificación Canina, cumplimentados por el tatuador autorizado o veterinario colegiado.

La R.S.C.E. enviará al criador un Justificante de Inscripción en el L.O.E. o R.R.C. por cada cachorro inscrito.

El criador deberá facilitar al nuevo propietario del perro el Justificante de Inscripción para que éste, si lo desea, pueda tramitar el pedigree a su nombre.
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